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Videovigilancia
Requisitos jurídico-prácticos de la Videovigilancia
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<blockquote data-quote="iir españa" data-source="post: 10795" data-attributes="member: 10399"><p>MODULO 1......Marco jurídico de la videovigilancia: Real decreto 1720/2007 e Instrucción 1/2006, impacto sobre captación y tratamiento de imágenes mediante videovigilancia</p><p>•Principios generales del tratamiento de las imágenes como datos de carácter personal</p><p>•Regulación en la LOPD de la videovigilancia privada: principios generales del tratamiento de imágenes como datos de carácter personal</p><p>•Principio de información. Contenido y diseño del distintivo informativo. Obligatoriedad de usar el distintivo de la AGP D</p><p>•Cesión de imágenes a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y legitimidad</p><p>•Tiempo real que deben guardarse las imágenes y cámaras por metro cuadrado</p><p>•Ejercicio de los derechos ARCO</p><p>•Posibles infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa. Penalización y cuantía por instalación de cámaras y no inscrito en el registro</p><p>•Ambito objetivo de la Instrucción 1/2006 y legitimación</p><p></p><p>Ana Cristina Carrillo Abogada y Socia CARRILLO ASESORES</p><p></p><p>MODULO 2......Nuevas obligaciones y responsabilidades del Responsable de Ficheros según el Reglamento de LOPD en sistemas de</p><p>videovigilancia</p><p>•Identificación y obligaciones del responsable del fichero de videovigilancia</p><p>•Inscripción de ficheros de videovigilancia en el RAEPD: diferencias entre simple captación y grabación de imágenes</p><p>•Auditoría de las medidas tomadas para garantizar la seguridad de los datos</p><p> -Declaración de los ficheros</p><p> -Medidas de seguridad técnicas y organizativas</p><p> -Contra y cláusulas</p><p>•Acreditación de que se han cumplido las obligaciones de los ficheros de videovigilancia: obligaciones de verificación y control</p><p>•Quién tiene acceso a la información grabada por la cámara</p><p>•Protocolo a seguir en la petición de los datos grabados</p><p>•Retención de la información</p><p></p><p>Ana Marzo Socia equipo marzo</p><p></p><p>MODULO 3......Ley Orgánica 4/1997 que regula la utilización de videocámaras por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos</p><p>•Régimen jurídico aplicable al uso de la videovigilancia policial en lugares públicos: Ley Orgánica 4/1997 y su reglamento de desarrollo:</p><p>-Ambito de aplicación, procedimiento de autorización, garantías, cesión y conservación de las grabaciones</p><p>-Responsabilidad exigible ante el incumplimiento de esa normativa</p><p>•La videovigilancia policial en supuestos específicos: control del tráfico de vehículos de motor, vigilancia en dependencias policiales</p><p>•Régimen jurídico aplicable a determinados lugares de acceso público: urbanizaciones privadas, polígonos industriales, centros comerciales</p><p></p><p>Maite Casado Cadarso Subdirectora General de Seguridad Interior Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación GENERALIDAD DE CATALUÑA</p><p></p><p>MODULO 4......Implantación de la videovigilancia en el ámbito de la empresa y dificultades reales a la hora de adaptarse a la normativa de videovigilancia</p><p>•Establecimiento de los límites salvaguarda de la intimidad e intereses de la empresa</p><p>•Aplicación de LOPD en el tratamiento de imágenes obtenidas mediante videovigilancia</p><p>•Protección de la empresa ante sanciones de LOPD en cuanto a imágenes grabadas</p><p>•Videovigilancia de la actividad laboral: mecanismos del sistema de videovigilancia y acceso al puesto de trabajo</p><p>•Videovigilancia para la seguridad de la empresa</p><p>•Art. 20.3 del estatuto de los trabajadores: consentimiento del trabajador vs. derecho del empresario</p><p>•Dificultades para adaptarse a la normativa de videovigilancia:</p><p> Proporcionalidad en el uso de la videovigilancia</p><p> Uso correcto y proporcionado de las videocámaras</p><p></p><p>Jorge Salgueiro Director del Departamento Jurídico Director Adjunto a Presidencia SECURITAS DIRECT</p><p></p><p>MODULO 5......Tratamiento de las grabaciones en control de acceso a edificios, parking, colegios y transporte público</p><p>•Herramientas de gestión, control y monitorización</p><p>•Tratamiento y destrucción de las grabaciones: Instrucción 1/96</p><p>•Mecanismos que se establecen en cuanto a la protección de datos como la grabación de imágenes y sonidos en lugares de acceso público y privado</p><p>•Especial Reglamento de la Comunidad de Madrid</p><p></p><p>Rosa García Ontoso Consultora de Sistema de Información en la Agencia de Informática COMUNIDAD DE MADRID</p><p></p><p><a href="http://www.iir.es/Evento/eventonew_clean_v1_00.asp?idConvocatoria=4507&idEvento=4612#cab&clickin=CW163-Foros" target="_blank">http://www.iir.es/Evento/eventonew_clea ... W163-Foros</a> IT</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="iir españa, post: 10795, member: 10399"] MODULO 1......Marco jurídico de la videovigilancia: Real decreto 1720/2007 e Instrucción 1/2006, impacto sobre captación y tratamiento de imágenes mediante videovigilancia •Principios generales del tratamiento de las imágenes como datos de carácter personal •Regulación en la LOPD de la videovigilancia privada: principios generales del tratamiento de imágenes como datos de carácter personal •Principio de información. Contenido y diseño del distintivo informativo. Obligatoriedad de usar el distintivo de la AGP D •Cesión de imágenes a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y legitimidad •Tiempo real que deben guardarse las imágenes y cámaras por metro cuadrado •Ejercicio de los derechos ARCO •Posibles infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa. Penalización y cuantía por instalación de cámaras y no inscrito en el registro •Ambito objetivo de la Instrucción 1/2006 y legitimación Ana Cristina Carrillo Abogada y Socia CARRILLO ASESORES MODULO 2......Nuevas obligaciones y responsabilidades del Responsable de Ficheros según el Reglamento de LOPD en sistemas de videovigilancia •Identificación y obligaciones del responsable del fichero de videovigilancia •Inscripción de ficheros de videovigilancia en el RAEPD: diferencias entre simple captación y grabación de imágenes •Auditoría de las medidas tomadas para garantizar la seguridad de los datos -Declaración de los ficheros -Medidas de seguridad técnicas y organizativas -Contra y cláusulas •Acreditación de que se han cumplido las obligaciones de los ficheros de videovigilancia: obligaciones de verificación y control •Quién tiene acceso a la información grabada por la cámara •Protocolo a seguir en la petición de los datos grabados •Retención de la información Ana Marzo Socia equipo marzo MODULO 3......Ley Orgánica 4/1997 que regula la utilización de videocámaras por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos •Régimen jurídico aplicable al uso de la videovigilancia policial en lugares públicos: Ley Orgánica 4/1997 y su reglamento de desarrollo: -Ambito de aplicación, procedimiento de autorización, garantías, cesión y conservación de las grabaciones -Responsabilidad exigible ante el incumplimiento de esa normativa •La videovigilancia policial en supuestos específicos: control del tráfico de vehículos de motor, vigilancia en dependencias policiales •Régimen jurídico aplicable a determinados lugares de acceso público: urbanizaciones privadas, polígonos industriales, centros comerciales Maite Casado Cadarso Subdirectora General de Seguridad Interior Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación GENERALIDAD DE CATALUÑA MODULO 4......Implantación de la videovigilancia en el ámbito de la empresa y dificultades reales a la hora de adaptarse a la normativa de videovigilancia •Establecimiento de los límites salvaguarda de la intimidad e intereses de la empresa •Aplicación de LOPD en el tratamiento de imágenes obtenidas mediante videovigilancia •Protección de la empresa ante sanciones de LOPD en cuanto a imágenes grabadas •Videovigilancia de la actividad laboral: mecanismos del sistema de videovigilancia y acceso al puesto de trabajo •Videovigilancia para la seguridad de la empresa •Art. 20.3 del estatuto de los trabajadores: consentimiento del trabajador vs. derecho del empresario •Dificultades para adaptarse a la normativa de videovigilancia: Proporcionalidad en el uso de la videovigilancia Uso correcto y proporcionado de las videocámaras Jorge Salgueiro Director del Departamento Jurídico Director Adjunto a Presidencia SECURITAS DIRECT MODULO 5......Tratamiento de las grabaciones en control de acceso a edificios, parking, colegios y transporte público •Herramientas de gestión, control y monitorización •Tratamiento y destrucción de las grabaciones: Instrucción 1/96 •Mecanismos que se establecen en cuanto a la protección de datos como la grabación de imágenes y sonidos en lugares de acceso público y privado •Especial Reglamento de la Comunidad de Madrid Rosa García Ontoso Consultora de Sistema de Información en la Agencia de Informática COMUNIDAD DE MADRID [url=http://www.iir.es/Evento/eventonew_clean_v1_00.asp?idConvocatoria=4507&idEvento=4612#cab&clickin=CW163-Foros]http://www.iir.es/Evento/eventonew_clea ... W163-Foros[/url] IT [/QUOTE]
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¿Que es lo contrario de grande?
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